construyeran caerían fuera de la población, comentando a este suceso el Sr. Vinuesa
.
“Este
aunque
pueril
inconveniente
impide
sin
duda
la
venta
de
los
lotes
res
tantes
y
el
convencimiento
profundo
de
que
si
desaparece,
sobre
estimular
la
ad
quisición
proporcionando
un
pingüe
re
curso
al
caudal
común
ofrecería
una
re
conocida
ventaja
al
vecindario
porque
se
ampliaría
aquel
estrecho
punto,
insufi
ciente
hoy
para
dar
paso
al
continuo
mo
vimiento
de
personas,
carruajes
y
caba
llerías
que
agolpan
a
un
mismo
sitio,
me
obligan
a
proponer
a
Ud.
como
preferible
el
proyecto
de
abrir
dos
postigos
latera
les
que
habrían
de
costar
una
elevada
su
ma
por
el
valor
de
las
expropiaciones
de
fincas,
el
derribo
de
la
referida
puerta
si
estuviese
conforme
la
autoridad
superior
de
¡a
provincia
pudiendo
quedar
copia
exacta
de
su
estructura
y
decoración
en
el
archivo
para
que
no
se
pierda
la
memo
ria
de
una
entrada
tan importante. "
Esta
petición
fechada
en
II
de
enero
de
1861
acompañada
de
unos
planos
del
lugar,
firmó
su
sentencia
de
muerte.
A
pesar
de
ello
y
tras
la
enajenación
de
las
casas
laterales
-
de
acuerdo
con
el
artículo
3
o
del
Regla
mento
de
27
de
julio
de
1853,
para
la
ejecución
de
la
del
1
7
de
julio
de
1
836,
sobre
enajenaciones
forzosas
por
causa
de
utilidad
pública
-
se
hizo
la
apertura
de
los
postigos
laterales,
aprobándose
por
Real
Orden
de
27
de
diciembre
de
1
863,
fecha
en
que
se
aprobó
el
Proyecto
facultativo.
Hubo
de
realizarse
un
informe
sobre
esta
apertura
por
el
Es
tado
Mayor
de
la
Capitanía
General
de
Andalucía
en
el
que
se
exponía
que
por
no
ser
Sevilla
plaza
fuerte
y
pertenecer
las
murallas
al
Ayuntamiento,
no
existía
causa
alguna
que
impidiera
la
obra.
El
presupuesto
de
apertura
de
cada
postigo
era
de
8.048
reales.
Según
el
proyecto
de
3 de agosto de 1859.
Tras
la
petición
del
Sr.
García
Vinuesa
donde
se
insinuaba
su
derribo
y
seis
años
después
de
ha
ber
pasado
por
ella
Isabel
II
(1862)
a
propuesta
del
Sr.
Vega
se
concretó
en el Cabildo:
Triana del Recuerdo